Qué es la oferta motivada y cómo saber si es correspondiente

Que es la oferta motivada y como saber si es correspondiente

La oferta motivada puede ser un concepto desconocido por el ciudadano común, pero a su vez, es uno de los más utilizados en el ámbito de la indemnización por accidente de tráfico. Por tal motivo, este texto pretende esclarecer diversos aspectos relevantes relacionados con este término. No obstante, si usted desea una asesoría personalizada no dude en contactar con nuestra firma de abogados y con gusto atenderemos todos sus requerimientos.

¿Qué es la oferta motivada?

Cuando se realiza un reclamo de indemnización, la mejor respuesta a esperar es una oferta motivada. Este es un documento formal que realiza la compañía aseguradora del vehículo responsable del siniestro en el que le presenta al lesionado una propuesta de pago por indemnización por el daño recibido.

Dicha propuesta manifiesta el monto que, según el criterio de la aseguradora, el indemnizado tiene derecho a recibir como compensación. Sin embargo, esta propuesta puede no concordar con la cuantía que corresponde al considerar todos los perjuicios percibidos por causa del siniestro.

Como su nombre lo indica, esta propuesta debe ser motivada, es decir que en esta se exponen los criterios seguidos para la valoración del monto indemnizable. Por ello, se incluyen los diferentes datos e informes utilizados por la compañía aseguradora para calcular el monto a ofertar.

¿A qué se le conoce como respuesta motivada?

La respuesta motivada es básicamente lo opuesto a una oferta motivada. Es simplemente un documento formal en donde la compañía aseguradora se niega a realizar el pago de indemnización.

Tal como ocurre con la oferta motivada, la respuesta debe incluir los datos e informes oficiales con los que se justifica dicho rechazo. Esto puede ser por considerar que la evidencia es insuficiente o incluso una negación rotunda de la culpabilidad en el siniestro.

Consejos para obtener una oferta motivada al realizar un reclamo

Para recibir una oferta motivada como respuesta a un reclamo de indemnización por accidente de tráfico es necesario presentar evidencia irrefutable de la responsabilidad civil del conductor al que se le reclama dicha compensación. Al haber dudas acerca de la culpabilidad, es probable que la reclamación sea rechazada.

En este sentido, lo más recomendable es contar con la asesoría de abogado experto en accidentes de tráfico e indemnizaciones. Un profesional del área es la persona indicada para orientar, defender y representar a la víctima en cualquier proceso de reclamación. De esta manera, podrás verificar que se ha reunido la evidencia necesaria para realizar el reclamo correspondiente y tener seguridad de que el monto es el adecuado.

¿Cómo saber si la oferta motivada corresponde?

En primer lugar, es necesario considerar el artículo 7 numeral 1 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, el cual establece lo siguiente:

“1. El asegurador, dentro del ámbito del aseguramiento obligatorio y con cargo al seguro de suscripción obligatoria, habrá de satisfacer al perjudicado el importe de los daños sufridos en su persona y en sus bienes, así como los gastos y otros perjuicios a los que tenga derecho según establece la normativa aplicable. Únicamente quedará exonerado de esta obligación si prueba que el hecho no da lugar a la exigencia de responsabilidad civil conforme al artículo 1 de la presente Ley. (…)”

Según este fragmento, la aseguradora tiene la obligación de pagar el importe correspondiente a los daños corporales y materiales sufridos por causa del siniestro. Además, deberán ser resarcidos los gastos que realice el perjudicado por este motivo y compensado el perjuicio que tuviera lugar según las normas establecidas en la misma Ley.

El cálculo de la indemnización a la que tiene derecho el perjudicado en un accidente de tráfico, se realiza según lo establecido en el Titulo IV y en las Tablas de indemnización incluidas en el Anexo del mismo documento. En este sentido, es recomendable contar con un abogado experto que pueda evaluar su caso y hacer una valoración adecuada.

Así mismo, se deberá reunir toda la evidencia relacionada con el siniestro. Si bien los recaudos a consignar pueden variar ligeramente dependiendo del caso, siempre se requiere lo siguiente:

Igualmente será necesario presentar las facturas correspondientes a los gastos adicionales que debieran hacerse como consecuencia del siniestro. En estos se incluye el transporte para asistir a consultas si se requiriera, los costes de la asistencia sanitaria y compras de medicinas o instrumentos de apoyo, entre otros.

Adicionalmente, debe saber que la aseguradora cuenta con un plazo establecido legalmente para presentar la oferta motivada, el cual es de tres meses desde que recibe el reclamo. De incumplir con dicho plazo, deberá pagar intereses de demora sumados a la indemnización por daños y perjuicios.

Requisitos de la oferta motivada

Requisitos de la oferta motivada

Para que la oferta motivada sea válida, debe ser presentada según lo establecido la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Los requisitos a cumplir se establecen en el artículo 7 numeral 3 donde se indica lo siguiente:

“3. Para que sea válida a los efectos de esta Ley, la oferta motivada deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Contendrá una propuesta de indemnización por los daños en las personas y en los bienes que pudieran haberse derivado del siniestro. En caso de que concurran daños a las personas y en los bienes figurará de forma separada la valoración y la indemnización ofertada para unos y otros.

b) Los daños y perjuicios causados a las personas se calcularán según los criterios e importes que se recogen en el Título IV y el Anexo de esta Ley.

c) Contendrá, de forma desglosada y detallada, los documentos, informes o cualquier otra información de que se disponga para la valoración de los daños, incluyendo el informe médico definitivo, e identificará aquéllos en que se ha basado para cuantificar de forma precisa la indemnización ofertada, de manera que el perjudicado tenga los elementos de juicio necesarios para decidir su aceptación o rechazo.

d) Se hará constar que el pago del importe que se ofrece no se condiciona a la renuncia por el perjudicado del ejercicio de futuras acciones en el caso de que la indemnización percibida fuera inferior a la que en derecho pueda corresponderle.

e) Podrá consignarse para pago la cantidad ofrecida. La consignación podrá hacerse en dinero efectivo, mediante un aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o por cualquier otro medio que, a juicio del órgano jurisdiccional correspondiente, garantice la inmediata disponibilidad, en su caso, de la cantidad consignada.

¿Cómo es el proceso para rechazar la oferta motivada?

Al recibir una oferta motivada el indemnizado deberá analizar cuidadosamente si aceptarla o rechazarla. Esto último puede dar lugar a una negociación amistosa o a una reclamación judicial dependiendo del caso.

Si el rechazo surge por una inconformidad con la valoración de los daños corporales, es posible solicitar un informe al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. El costo de esta evaluación será cubierto por la aseguradora.

Luego de esta evaluación pericial complementaria, la aseguradora tendrá un mes como plazo para realizar otra oferta motivada. Si nuevamente no es posible llegar a un acuerdo, se procede a iniciar un proceso de mediación con una duración de máximo tres meses.

De no poder llegar a un acuerdo que el lesionado pueda considerar justo, deberá presentar una demanda en contra de la compañía aseguradora. Este proceso requerirá del asesoramiento y representación legal de un abogado especialista en accidentes de tráfico.

¿Qué ocurre luego de aceptar la oferta motivada?

 

Que ocurre luego de aceptar la oferta motivada

Luego de analizar la oferta motivada y decidir que es correspondiente al perjuicio sufrido, es posible aceptar la propuesta de indemnización. Hecho esto, la compañía aseguradora realizará el pago según lo acordado dentro de un plazo de cinco días, contados desde la fecha en la que recibiera los datos bancarios del perjudicado. De incumplir con dicho plazo se aplicarán intereses de demora.

Preguntas frecuentes

Es común que surjan diversas dudas con respecto a la oferta motivada, si es correspondiente, cuándo aceptarla o rechazarla, etc. Por ello, se presenta a continuación una lista de preguntas frecuentes con su debida respuesta. Si tiene alguna interrogante que adicional puede dejarla en la caja de comentarios.

¿En qué se diferencia la respuesta motivada de la oferta motivada?

En la respuesta motivada la aseguradora niega la culpa del siniestro y rechaza hacer el pago de la indemnización, mientras que en la oferta motivada acepta la responsabilidad de pago por los daños físicos y materiales que deriven del siniestro.

¿Debo aceptar una indemnización donde se estipule renunciar a otros reclamos?

No, la recepción del pago de indemnización no debe estar condicionada, por lo cual, si se presenta una oferta motivada con este requisito, el afectado estará en todo su derecho de rechazarla.

¿Tengo que aceptar la oferta motivada cuando indica un monto único por la totalidad de la indemnización sin detallar a que corresponde?

No, si la aseguradora le ofrece un pago de indemnización presentando un monto global, será necesario solicitar una oferta motivada que concuerde con lo establecido en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor en su artículo 7 numeral 3.

En este sentido, se especifica que contendrá la valoración y el importe correspondiente a los daños físicos y los materiales por separado. Así mismo, se deben incluir informes y datos detallados que justifiquen dicho valor.

¿Debo aceptar la oferta motivada de la aseguradora si esta es presentada a través de una llamada telefónica?

No, la oferta motivada debe ser presentada formalmente a través de un documento escrito. Si se le ofrece el pago de indemnización sin los detalles acerca de la valoración del pago, es primordial solicitar la remisión de la oferta motivada con los documentos correspondientes por escrito.

¿La compañía de seguros puede rehusarse a entregar los documentos e informes médicos con los cuales se calculó el monto a indemnizar?

No, bajo ningún concepto la aseguradora tiene la potestad de negar los informes médicos al lesionado o a su representante legal, ya que estos son documentos personales que le pertenecen.

De negarse, la oferta motivada carecerá de valor, pues es necesario que la aseguradora y el lesionado presenten los informes definitivos para la valoración de las lesiones temporales, secuelas y la totalidad del perjuicio derivado del siniestro.

¿Debo contratar a un abogado para saber si la oferta motivada es correspondiente?

Se recomienda contratar a un abogado especialista en accidentes de tráfico para realizar un reclamo de indemnización. La experiencia de este profesional será de gran utilidad para saber si la oferta motivada es correspondiente, pero también para realizar todos los trámites previos con la mayor profesionalidad y eficiencia.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *