Conocer las diferentes clases de multas a peatones que existen es de gran utilidad para evitar incurrir en estas faltas. Fuera del perjuicio económico que podría tener lugar al ser multado, es importante considerar también que estas infracciones pueden constituir una importante causa de accidentes de tráfico.
Por ello, en este texto se hablará de diversos aspectos relacionados con las multas a peatones y se dará respuesta a una serie de interrogantes del mismo tema. Sin embargo, si usted requiere asesoría personalizada no dude en contactar con nuestra firma de abogados, puesto que nos encontramos siempre a su entera disposición.
Tipos de multas a peatones
En términos generales, cualquier acción que represente un riesgo para la circulación y la seguridad del peatón, puede ser motivo de multa. Igualmente, todo incumplimiento respecto a las normativas de seguridad vial es considerado una infracción e incluso pueden atribuir culpabilidad al peatón en caso de accidente de tráfico. Para mayor comprensión, se presentará una lista de las diferentes clases de multas a peatones que existen a continuación.
Negarse a realizar la prueba de alcoholemia o dar positivo en la misma
Cuando un peatón se involucra en un accidente de tráfico, es común que deba someterse a una prueba de alcoholemia, tal y como ocurre con los conductores. Negarse a realizar dicha prueba constituye una falta que puede causarle una multa de entre 500 euros y 1000 euros aproximadamente.
Por otro lado, si el peatón que se involucra en un accidente de tráfico da positivo en la prueba de alcoholemia, la multa será igual a la que debe pagar un conductor. En este sentido, el monto a pagar dependerá del grado de alcohol detectado a través de las pruebas pertinentes.
Acerca de estas pruebas, es importante tener en consideración que el equipo utilizado puede fallar por diferentes motivos y dar un falso positivo. Si desea saber más acerca de este tema, puede leer al respecto siguiendo este enlace.
Cruzar la calle fuera del paso de cebra
No usar el paso de cebra para atravesar la calzada es una grave infracción, sancionada con alrededor de 80 euros. Además, es importante mencionar que con estas acciones el peatón se arriesga a causar un accidente de tráfico y al ser culpable puede perder el derecho a hacer un reclamo de indemnización.
Incumplir con las normas de seguridad para la circulación en caso de avería
Cuando se presenta una avería en la autopista, el conductor debe aparcar el coche y colocar las respectivas señalizaciones de emergencia para prevenir a los demás conductores. Para bajar del vehículo, es importante utilizar las debidas medidas de seguridad para transitar por la vía, como lo es el chaleco reflectante. De no cumplir con estas normas, puede recibir una multa de hasta 200 euros.
Cruzar la calle con el semáforo de peatón en rojo
Ignorar las luces del semáforo es una imprudencia sumamente riesgosa, peligrosa para el peatón como para el resto de los usuarios, ya que el conductor podría girar el volante para evitar atropellarlo y causar un grave accidente de todas formas. Esta infracción es motivo de multa de hasta 200 euros, pero las consecuencias del siniestro resultante si llegara a ocurrir pueden alcanzar cuantías aún mayores.
Incumplir con las normas de circulación peatonal
Los peatones tienen la obligación de transitar por la acera la mayor parte del tiempo, salvo en los lugares donde no existe o no es aplicable esta norma. Por ejemplo, en vías interurbanas puede no haber acera por lo que no se aplica, lo mismo en situaciones en donde viaja un cortejo entero, entre otras.
En este sentido, es necesario resaltar que el peatón deberá cumplir con ciertas normativas de seguridad para transitar por la calzada o arcén. Al caminar en la carretera habiendo zona peatonal transitable, puede recibir una multa estándar de 80 euros. Más adelante se contemplarán las excepciones en las que el peatón puede andar por el arcén o la calzada y las medidas de seguridad que deberá cumplir, las cuales son muy similares a las que se aplican al caminar por autovías.
Desobedecer al agente de tránsito
Obedecer a los Agentes de Autoridad encargados de regular el tránsito, es tan importante como circular de acuerdo a las luces del semáforo o respetar las señalizaciones de tráfico. Por ello, desobedecer a un agente de tránsito puede conllevar a una multa de alrededor de 200 euros.
Así pues, no debe olvidar que todos los usuarios de la vía tienen la obligación de obedecer a las indicaciones de los agentes de autoridad, tanto para evitar ser multados como para velar por su propia seguridad. En algunos casos, estas órdenes son prioridad por encima de lo que indica el semáforo, ya que el mismo puede estar averiado.
Incumplir con las normas de rigor para transitar a través de vías interurbanas
No está prohibido caminar a través de las vías interurbanas al salir de un poblado o localidad, pero para ello es necesario cumplir con ciertas normativas. En términos generales, el peatón tiene la responsabilidad de ser visible para los conductores para prevenir accidentes. A continuación se explican a detalle las normas a cumplir:
- Caminar por la izquierda de la vía: Al tomar esta medida, los peatones son más visibles para los vehículos que se aproximan y a su vez, pueden verlos llegar y tener una mayor capacidad de reacción para evitar un atropello.
- Utilizar elementos reflectantes: Siempre que las condiciones ambientales o meteorológicas lo hicieran necesario, el peatón debe llevar consigo elementos luminosos o reflectantes que prevengan al conductor de su presencia en la vía. Estos deberían ser visibles a una distancia mínima de aproximadamente 150 metros.
Si el peatón no cumple con estas normas y con su obligación de ser visible para el conductor, puede ser multado por un monto que varía según la gravedad de la situación en la que se cometiera dicha infracción, este puede ser de entre 80 euros y 200 euros.
Ingresar en zonas prohibidas
Existen algunos espacios señalados como prohibidos para peatones, por motivos de seguridad. Un ejemplo de estos lugares es la autovía, pero además de esta existen otras que podrá reconocer por las señalizaciones que indican esta prohibición. Ignorar estas señales e ingresar caminando a zonas prohibidas para los peatones como las autovías o autopistas, puede acarrear una multa de 80 euros aproximadamente.
Caminar por carriles bici o para autobuses
Cuando un peatón transita por espacios no habilitados para su uso, se pone a sí mismo en un grave riesgo de ser atropellado. Al caminar a través de carriles especiales para bici o autobús, entorpece la circulación de estos vehículos. Por estas acciones puede recibir una multa de alrededor de 200 euros.
¿Qué pasa si el peatón comete una infracción y ocurre un accidente?
Al cometer una infracción el peatón recibirá una multa que normalmente se encuentra entre los 80 y los 200 euros, aunque en algunos casos puede ser mayor. Si además ocurriera un siniestro, dependiendo del caso es posible que se le adjudique culpabilidad en el mismo. Si ocurre esto último, puede ser necesario consultar su caso con un abogado especialista que pueda determinar el nivel de culpa en el incidente y su derecho a indemnización si ha sufrido lesiones.
¿Bajo qué situación es permisible que un peatón camine por la calzada?
Conforme a lo establecido en el artículo 129 numeral 2 del Reglamento General de Circulación referente a las excepciones de circulación por zona peatonal, existen varias excepciones en donde un peatón podrá transitar por el arcén o la calzada (cuando el arcén no exista o no sea transitable), las cuales son:
- Una persona en silla de ruedas. Sin importar que esta sea una silla de ruedas común o a motor, siempre que circule con velocidad de paso humano.
- Alguien que empuje un objeto voluminoso o que arrastre un vehículo pequeño, no a motor. Esto, solo si su circulación en la acera representa un estorbo considerable para los demás usuarios.
- Conjunto de personas o cortejo.
Al presentarse este tipo de desplazamiento, los peatones tendrán la obligación de cumplir con las normas de seguridad reglamentarias necesarias para hacerse más visible ante los conductores, siempre que las condiciones ambientales y meteorológicas puedan obstaculizar la visibilidad.
Una de las normas más importantes es caminar en sentido contrario a la circulación de los vehículos. Así mismo, los peatones deberán hacer uso del chaleco reflectante o las luces de seguridad según corresponda. Estas medidas son contempladas en el artículo 123 del mencionado Reglamento General de Circulación de la siguiente manera:
“Fuera del poblado, entre el ocaso y la salida del sol o en condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, todo peatón, cuando circule por la calzada o el arcén, deberá ir provisto de un elemento luminoso o retrorreflectante homologado y que responda a las prescripciones técnicas contenidas en el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual, que sea visible a una distancia mínima de 150 metros para los conductores que se le aproximen, y los grupos de peatones dirigidos por una persona o que formen cortejo llevarán, además, en el lado más próximo al centro de la calzada, las luces necesarias para precisar su situación y dimensiones, las cuales serán de color blanco o amarillo hacia adelante y rojo hacia atrás y, en su caso, podrán constituir un solo conjunto.”
¿Qué hacer frente a un accidente de tráfico si ha incurrido en infracciones peatonales?
Es posible que sienta nervios si al cruzar la calle a través de una zona indebida o incurriendo en alguna otra falta, sufrió un atropello. Sin embargo, aun cuando se cometiera alguna infracción, es necesario velar por el cumplimiento de sus derechos. Por ello, en esta situación deberá hacer lo siguiente:
- Anotar los datos de identificación del conductor culpable. En primera instancia tome nota del color, marca o modelo y especialmente de la matrícula del coche por prevención de que este se pudiera dar a la fuga. Posteriormente, podrá solicitar sus datos y la firma de un parte amistoso.
- Contacte con la autoridad policial para levantar un atestado del accidente. Este documento es sumamente importante para realizar cualquier proceso judicial, ya que recoge la declaración de los testigos y de las partes involucradas.
- Acuda en la prontitud posible a un centro de salud, para recibir la atención sanitaria que necesita. No olvide solicitar un informe médico que le servirá para realizar las debidas reclamaciones posteriormente. En este sentido, será necesario obtener dichas pruebas dentro de las primeras 72 horas de haber ocurrido el siniestro.
Por último, contacte con un abogado especialista en accidentes de tráfico para evaluar el grado de culpabilidad y realizar el correspondiente reclamo de indemnización.
Preguntas frecuentes
Al conocer las diferentes multas a peatones que existen, es posible que surjan diversas dudas. Por ello, en este apartado se presentan varias preguntas frecuentes relacionadas con este tema. Si tiene alguna interrogante que no se encuentre en la lista, puede dejarla en la caja de comentarios o contactarnos para una asesoría personalizada.
¿Por qué motivo se multa a los peatones?
Está establecido en las normas generales de comportamiento en la circulación (artículo 2 del Reglamento General de Circulación) que todos los usuarios tienen la obligación de comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación. Igualmente se contempla que no deben causar molestias o perjuicios al resto de los usuarios, ni causarles perjuicios o ponerles en riesgo.
Por lo tanto, las acciones que vayan en contra de estos principios básicos pueden ser motivo de multa, así como cualquier incumplimiento directo de las normativas establecidas en el mencionado reglamento. Estas normas se hicieron para resguardar la seguridad de los usuarios de la vía y su incumplimiento puede aumentar el riesgo de sufrir accidentes de tráfico.
¿De cuánto puede ser una multa a peatón?
Generalmente las infracciones cometidas conllevan a una multa de mínimo 80 euros y pueden alcanzar una suma de 200 euros en la mayoría de los casos. No obstante, como ocurre con los altos niveles de alcoholemia en un peatón, la sanción aplicable puede ser aún mayor.
¿Quién es culpable cuando ocurre un atropello en el paso de cebra?
Esta es una zona donde la prioridad de paso corresponde a los peatones, por lo que la culpabilidad suele recaer sobre el conductor. Sin embargo, puede presentarse una concurrencia de culpas dependiendo de las circunstancias en la que ocurriera el siniestro. Si el peatón cruzaba en rojo, por ejemplo, tendrá parte de la responsabilidad por lo ocurrido.
En cualquier caso, se recomienda contratar la asesoría de un abogado con experiencia en indemnizaciones por accidente de tráfico. La ayuda de este profesional será necesaria para definir la culpabilidad de las partes y levantar el reclamo correspondiente.
¿Qué ocurre si no llevo chaleco reflectante al transitar por la calzada?
Siempre que las condiciones meteorológicas o ambientales no favorezcan la visibilidad de la vía, el uso del chaleco reflectante para circular en la calzada o arcén es obligatorio. Lo mismo ocurre en el ocaso o la salida del sol, cuando la visibilidad se ve afectada.
Si el peatón no posee chaleco, podrá utilizar un elemento luminoso o retro-reflectante que lo sustituya. Sin embargo, este debería ser visible para los conductores a una distancia mínima de 150 metros. De no cumplir con ninguna de las dos opciones propuestas el peatón será multado. Además, debe tener en cuenta que al transitar por las vías interurbanas de esta manera pone su vida en grave peligro.
¿Un peatón puede ser multado si sufre un accidente de tráfico?
Sí, el peatón puede ser multado si incumplía alguna normativa de seguridad. Pero en estos casos, adicionalmente puede ser culpado por el incidente. Será necesario determinar el grado de culpabilidad y tener en cuenta este dato para reclamar la indemnización correspondiente.
¿El peatón puede hacer un reclamo de indemnización si fue atropellado cometiendo una infracción?
Esto depende de las circunstancias en las que ocurriera el siniestro. Si se determina que la culpabilidad es tanto del conductor como del peatón, este podrá reclamar parte de la indemnización.
Sin embargo, la cantidad a reclamar dependerá del grado de culpabilidad que tenga en el siniestro, puesto que ese porcentaje se deberá restar de la totalidad del monto correspondiente. Por otro lado, si se determina que la culpabilidad es exclusiva del peatón, este no tendrá derecho a recibir ningún tipo de compensación.
¿Es necesario contratar un abogado si soy culpable del siniestro?
Sí, en general es recomendable contratar el servicio de un abogado especialista en accidentes. Pero, en aquellos casos en los que el peatón tiene culpabilidad en el siniestro se requiere la experiencia de este profesional para evaluar el caso y determinar el grado de culpabilidad de las partes. De esta manera, el peatón contará con un aliado que defienda sus derechos y le ayude a reclamar una justa indemnización por las lesiones sufridas.
¿Qué ocurre si el peatón atropellado sufre alguna discapacidad o es menor de edad?
Los ciudadanos menores de 14 años tienen derecho a ser indemnizados de forma íntegra. Sin importar si ellos cometieran alguna falta, no se les puede culpar del accidente de tráfico. Además, se prohíbe ejercer acciones de repetición en contra las personas a cargo del individuo. Lo mismo ocurre con las personas que sufran algún menoscabo mental o físico, que les prive de capacidad de culpa civil.
Esto según el artículo 1 numeral 2 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre. Sin embargo, si se presentaran pruebas irrefutables de que el acto se realizó dolosamente, perderá validez todo lo antes mencionado. Por esto, es necesario contar con un profesional del derecho que pueda exigir el cumplimiento de sus derechos y reclamar una indemnización en conformidad con los mismos.
¿Cuáles son las luces reglamentarias que debe utilizar un cortejo al transitar por la calzada?
Los cortejos, a diferencia de los peatones deben utilizar luces reglamentarias para identificar su actividad e indicar sus dimensiones. En la zona delantera, las luces pueden ser blancas y amarillas mientras que las personas que van de últimas deberán portar luces de color rojo.
De esta manera, los conductores sabrán que se encuentra un grupo de personas adelante y maniobrar en consecuencia para evitar atropellarlos. Además, gracias a las luces reglamentarias, tendrá una noción de la extensión del grupo y tomará las precauciones necesarias.