Indemnización por incapacidad permanente 

Indemnizacion por incapacidad permanente en accidente de trafico

Cualquier accidente es de por sí es una circunstancia difícil, más cuando, como sucede en muchas ocasiones, las personas se ven impedidas de retomar su vida normal y de trabajar como consecuencia de estos incidentes, ya sean de tráfico o laborales. En este caso corresponde una indemnización por incapacidad permanente.

Cuando un lesionado en un accidente se enfrenta a la incapacidad permanente, producto del siniestro en el que resultó herido, son muchas las dudas y angustias que le asaltan.

En situaciones como éstas resulta vital contar con la asesoría y apoyo de un abogado especialista en el área que tenga la capacidad y experiencia para brindar información y representarlo cabalmente. Este profesional se encargará de representar los derechos de la víctima y de conseguir una indemnización por incapacidad permanente.

A continuación, se expone la información necesaria para solicitar eficientemente la indemnización por incapacidad permanente, el marco legal al respecto y todo lo que el lesionado necesite saber sobre este tema.

¿Qué se conoce como incapacidad permanente?

 

Que se conoce como incapacidad permanente

El término incapacidad permanente se le da a la condición que limita de manera definitiva la actividad y el ejercicio laboral de una persona, usualmente a causa de una grave lesión sufrida a consecuencia de una enfermedad, o un accidente laboral o de tráfico.

Toda persona que se ve impedida de trabajar por un accidente o enfermedad, tiene derecho a reclamar una prestación económica ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, entidad que se encarga de la gestión y administración de las prestaciones económicas del sistema de Seguridad Social española.

Esta institución determinará el grado de incapacidad de la persona para responder en función de éste al reclamo del lesionado.

Actualmente hay definidos cuatro grados de incapacidad permanente, a saber:

  • Incapacidad permanente parcial
  • Incapacidad permanente total
  • Incapacidad permanente absoluta
  • Gran invalidez

¿Cuál es el proceso para solicitar la incapacidad permanente?

Para iniciar el proceso de solicitud de incapacidad permanente, lo más común es que un profesional de la medicina haya otorgado previamente a la persona la condición de incapacidad temporal. Con ello certifica que el trabajador sufrió algún daño físico, que le produjo una limitación funcional o anatómica, ya sea debido a un accidente de tráfico o laboral, o a una enfermedad profesional o común.

La incapacidad temporal tiene establecido un período de duración de 12 meses. Al finalizar ese lapso la persona debe acudir a un tribunal médico que puede determinar prorrogar la incapacidad temporal por seis meses más, para que el lesionado continúe su proceso de recuperación.

Si, transcurridos los 18 meses de incapacidad temporal, el trabajador no ha mejorado su condición y los profesionales médicos consideran que no lo hará, podrá solicitar la incapacidad permanente.

El tribunal médico podría, por otro lado, decretar el alta médica del trabajador por considerar que se ha recuperado totalmente de sus lesiones. Como podrá retomar sus actividades laborales, debe reincorporarse en ese caso al puesto de trabajo.

Ahora bien, hay casos en los que se puede solicitar directamente la incapacidad permanente sin tener que esperar el lapso completo de 12 a 18 meses de incapacidad temporal. Esto es cuando se pueda demostrar que la gravedad de las lesiones ha traído secuelas que deterioran de manera definitiva las habilidades del trabajador.

Un ejemplo de estos casos puede ser un mecánico que pierde ambas manos mientras repara una máquina. Tras pasar un difícil y lento proceso de cicatrización y curación, es evidente que no recuperará su capacidad de trabajar, por lo que podrá solicitar la incapacidad permanente, sin esperar el lapso indicado.

¿Cuáles son los pasos para solicitar la incapacidad permanente?

 

Cuales son los pasos para solicitar la incapacidad permanente

Una vez que la persona lesionada esté lista para solicitar la incapacidad permanente, debe seguir una serie de pasos que se detallan a continuación:

Presentación de la solicitud de la incapacidad permanente

En primer lugar, se debe presentar ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la solicitud de incapacidad permanente, que puede hacerse:

  • Por solicitud de la parte interesada. El trabajador acude personalmente ante la oficina del INSS. Allí solicitará el formulario correspondiente a incapacidad permanente y procederá a llenar la planilla. Es importante que sea muy cuidadoso al hacerlo, completando de manera clara los datos que se le piden y plasmando los motivos médicos que le impiden continuar ejerciendo su trabajo.
  • Por solicitud presentada por un organismo colaborador. Por ejemplo, podría ser la mutua de accidentes de la compañía que presentó previamente la incapacidad temporal para el trabajador.
  • Por solicitud realizada de oficio. Cuando el INSS asume la propuesta de incapacidad permanente del trabajador.

Acudir al tribunal médico

El trabajador será llamado por el tribunal médico 30 días después de haber introducido la solicitud de incapacidad permanente. Un Equipo de Valoración de Incapacidades será el encargado mediante el cual el tribunal médico evaluará el estado de salud del lesionado, y todos los argumentos médicos que respaldan su solicitud.

Es importante tomar en cuenta que el trabajador deberá consignar, en original y copias, los documentos relativos a su caso, en especial los informes médicos, a fin de que la evaluación del tribunal sea eficiente y justa.

Resolución del INSS.

El INSS se encargará de emitir una resolución mediante la cual otorga o niega la incapacidad permanente y determina el grado de ésta. Esta resolución será remitida por correo al trabajador en un lapso que puede extenderse algo más de treinta días.

¿Cuáles son las posibles respuestas del INSS y cómo se debe proceder ante ellas?

Como se ha explicado anteriormente, la resolución del INSS puede otorgar o negar la solicitud de incapacidad, y, según eso el lesionado tendrá varias opciones para actuar que se explican a continuación.

Si el INSS aprueba la solicitud de incapacidad permanente, se establecerán los lapsos para hacer revisiones de las lesiones, ya sea por mejoría o agravamiento.

Si la entidad niega la solicitud del lesionado, éste puede hacer uso de sus derechos y presentar una reclamación. Para hacerlo debe seguir una serie de pasos:

Presentar la reclamación en el INSS. El trabajador tiene un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del momento en que recibió la resolución para presentar una reclamación previa. El reclamo deberá contener sólidos argumentos para demostrar las bases de la solicitud de incapacidad permanente, las razones médicas por la que la requiere, y el grado que requiere.

Tras atender y evaluar cada uno de los argumentos presentados por el lesionado, y revisar los informes médicos y demás documentos de base aportados por éste, el INSS emitirá una nueva resolución.

En caso de que el INSS niegue la reclamación, el trabajador tendrá un plazo de 30 días a partir del recibimiento de esta resolución para interponer una demanda ante el Juzgado social.

Es evidente que en circunstancias como éstas resulta crucial contar con la asesoría de un abogado especialista en accidentes de tráfico o laborales.

Demanda ante el juzgado social. Al acudir al tribunal, acompañado por su asesor jurídico, el lesionado puede solicitar ante éste la incapacidad permanente y el grado correspondiente. A tales fines es necesario presentar pruebas y documentos concluyentes.

Cuando el juicio termina, el juez puede otorgar la incapacidad permanente y el grado correspondiente, o negarla. Si sucede lo último, el trabajador puede recurrir la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia.

¿Cuándo la incapacidad permanente es parcial?

 

Cuando la incapacidad permanente es parcial

Se dice que hay incapacidad permanente parcial cuando el trabajador enfrenta una reducción no menor al 33% de su productividad, sin llegar a imposibilitar totalmente el ejercicio de sus funciones o actividades laborales esenciales.

Es decir, la persona puede realizar las actividades básicas relativas a su puesto de trabajo, pero tiene limitaciones para ejecutar labores accesorias consideradas como parte de su rol.

En esos casos el trabajador puede asumir un trabajo diferente ya sea a través de un tercero o por cuenta propia. Dependiendo de su incapacidad, podría retomar su puesto de trabajo, pero esto exigirá evaluaciones posteriores a su recuperación.

Por ejemplo, sin un chofer de camión sufre un accidente que le causa lesiones en un brazo, podría seguir manejando, pero no podrá participar en la carga y descarga del camión y otras labores que lo obliguen a forzar la extremidad afectada.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la incapacidad permanente parcial?

Todos los requisitos que se explican a continuación, necesarios para solicitar la incapacidad permanente parcial, deben cumplirse para el momento en que suceda el accidente laboral o de tráfico, o la enfermedad que origine la incapacidad.

Así, en el momento del hecho causante, el lesionado no puede tener la edad suficiente para optar a la pensión de jubilación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 205 de la Ley General de Seguridad Social. Esto en los casos en que la incapacidad provenga de contingencias comunes.

Además, el trabajador debe estar afiliado y tener alta médica o una situación asimilada a ésta, como por ejemplo desempleo, suscripción de convenio especial, excedencia forzosa, maternidad o paternidad.

Si la incapacidad permanente parcial tiene su origen en una enfermedad común, el trabajador debe tener al menos un período de cotización.

Acerca de la cotización de la incapacidad permanente parcial

Requerirán cotización aquellos casos en que la incapacidad permanente es consecuencia de una enfermedad común. Ésta dependerá de la edad del trabajador lesionado.

Si es mayor de 21 años, el trabajador debe completar 1800 días cotizados, en un lapso de 10 años, contados antes de la terminación de la incapacidad temporal previa.

Si es menor de 21 años, el trabajador debe tener las cotizaciones correspondientes a la mitad de los días transcurridos entre sus 16 años, y la fecha en la cual comenzó su incapacidad temporal.

No es necesario contar con un periodo de cotización en aquellos casos en que la incapacidad permanente se origine a consecuencia de un accidente laboral o de tráfico, o de una enfermedad profesional.

Acerca de la prestación de la incapacidad permanente parcial

Una vez determinada la prestación por incapacidad temporal, luego de la cual se pasa a la permanente, de acuerdo a lo contemplado en el baremo se hará solamente un pago de 24 meses.

El baremo es una base de cálculo usada para calcular las prestaciones de acuerdo a las cotizaciones correspondientes. De tal manera que, a mayores cotizaciones, mayores prestaciones.

El baremo también considera otros aspectos relevantes como la edad del trabajador, la gravedad de las lesiones sufridas, así como el grado de la incapacidad.

¿Cuándo se considera que hay incapacidad permanente total?

 

Cuando se considera que hay incapacidad permanente total

Se considera que hay incapacidad permanente total, en aquellos casos en los que, a consecuencia de las lesiones sufridas, el trabajador se vea impedido de ejecutar cualquier actividad relativa a su rol. Pero, a pesar de no poder seguir ejerciendo sus principales funciones, la persona podría realizar alguna tarea totalmente distinta.

Es decir, el lesionado puede cambiar su campo de trabajo para dedicarse a una labor que no se vea impedida por sus lesiones. Por ejemplo, si un obrero sufre lesiones en la espalda, deberá buscar algún oficio que no le exija esfuerzos físicos.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la incapacidad permanente total?

Entre los requisitos para solicitar la incapacidad permanente total, se encuentra que, al momento en que sucedió el hecho generador, el trabajador no haya alcanzado la edad para optar a la pensión de jubilación establecida en el artículo 205 de la Ley General de Seguridad Social. Esto se aplica en cuando la incapacidad sea causada por una enfermedad común o un accidente no laboral.

También debe estar afiliado a la Seguridad Social, o estar en una situación asimilada a esta, y haber recibido el alta médica.

Si la incapacidad es originada por una enfermedad común debe tener un período de cotización, para el momento del hecho causante.

Acerca de la cotización de la incapacidad permanente total

Como se explicó en el apartado anterior, en los casos en que la incapacidad provenga de una enfermedad común, el trabajador debe contar con un período de cotización, supeditado a su edad.

Las condiciones establecen que, si el trabajador tiene más de 31 años, entre los 20 años y la enfermedad o accidente que causó la lesión, debe haber cotizado una cuarta parte de ese tiempo. Se trata del período genérico de cotización, que contempla un mínimo de cinco años.

Por otro lado, el período específico de cotización es una quinta parte del exigible y establece:

  • Cotizar en los 10 años previos a la situación que provocó la incapacidad. O en los diez años previos a la fecha de culminación de la obligación de cotizar. Esto en los casos en los que se accede a la pensión por una alta médica.

Lo anterior se aplica también a los trabajadores que no alcanzan el período específico de cotización, pero tienen derecho a recibir pensión por un alta médica.

  • Si el trabajador tiene menos de 31 años, el periodo genérico de cotización establece tener cotizaciones correspondientes a 1/3 del tiempo transcurrido entre los 16 años y el hecho causante de la incapacidad. No se solicita período específico de cotización.
  • Las fracciones de un año mayores de 6 meses se toman como medio año, y las menores no se toman en cuenta. Además, se descartarán las fracciones del mes, siendo redondeados los períodos de cotización.
  • En caso de que la incapacidad permanente total haya sido causada por un accidente laboral o de tráfico o una enfermedad profesional no se exigirá cotización alguna.

Acerca de la prestación de la incapacidad permanente total

La prestación económica por incapacidad permanente total que se otorga, es una pensión vitalicia mensual, que, generalmente, es un 55 por ciento de la base reguladora.

En casos extraordinarios, si el beneficiario es menor a los 60 años, puede ser sustituida por una indemnización “a tanto alzado”.

Además, en los casos de trabajadores mayores de 55 años que no puedan conseguir un trabajo u oficio diferente, ya sea por no tener la preparación requerida, o por las circunstancias sociales y laborales, la pensión podría incrementarse un 20%.

¿Qué es la incapacidad permanente absoluta?

Cuando una persona sufre el grado de incapacidad permanente absoluta no está en posibilidades de ejecutar ningún rol laboral principal, o similar. Pues, supone la imposibilidad del trabajador de asumir cualquier oficio, o labor profesional.

Esto sucede pues, aunque la persona tenga el conocimiento, las capacidades y experiencia para desempeñarse en ciertos campos específicos, las afectaciones en su salud le impiden hacerlo pues no tiene las condiciones óptimas para ello.

En cuanto a los requisitos para solicitar la incapacidad permanente absoluta, son los mismos que los expuestos en el caso del grado de la incapacidad permanente total.

Acerca de la prestación de la incapacidad permanente absoluta

Cuando hablamos de incapacidad permanente absoluta, el trabajador también recibirá una pensión anual vitalicia, correspondiente al 100 por ciento de la base reguladora.

Si la persona resultó lesionada en un accidente o enfermedad laboral causado por faltas a las normas de seguridad e higiene por parte de su empleador, el porcentaje de cálculo de la pensión aumentaría entre el 30 y el 50%. Monto que debe ser asumido en su totalidad en este caso por el empleador responsable de las infracciones o faltas.

¿Qué se considera gran invalidez?

La gran invalidez se determina cuando las heridas y afectaciones producidas en el trabajador por el hecho causante es tan grave, que provoca en él una pérdida funcional o anatómica, que le impide incluso valerse por sí mismo. Y, evidentemente, no puede ejecutar ningún tipo de rol laboral.

En estas situaciones, la víctima necesita ser asistido por un tercero para realizar simples tareas diarias como el aseo personal y la preparación e ingesta de alimentos.

Para solicitar la prestación por gran invalidez aplican los mismos requisitos de la incapacidad permanente total.

Acerca de la prestación de la gran invalidez

Cuando se determina la gran invalidez, el trabajador recibe una prestación correspondiente a una pensión mensual del 150 por ciento de la base reguladora. El 50 por ciento adicional se añade al monto de la pensión establecida por la incapacidad permanente absoluta, con el objeto de financiar el pago de la persona que debe prestar asistencia al lesionado.

De igual manera, si el trabajador es remitido a una Institución Asistencial Pública del Sistema de Seguridad social, el monto extra se destinará a cubrir los gastos derivados de su estancia en el sitio, así como de la asistencia que la víctima reciba.

Acerca de la revocatoria de una incapacidad laboral

Como ente encargado de la gestión y administración de las prestaciones económicas, es el Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS, quien se ocupa de revisar los casos de incapacidades, y, de ser necesario, incluso revocarlas.

La revocatoria de una incapacidad laboral puede ocurrir por un error en el diagnóstico que llevó a otorgar la prestación, o, si se descubre que el trabajador recibe ingresos por trabajos independientes ya sea a cuenta de terceros o por cuenta propia. Pues, según se había determinado, la persona no debería desempeñar ninguna labor.

En cualquiera de los dos casos, el trabajador perdería de manera inmediata la pensión que venía recibiendo.

Ahora bien, la revocatoria de incapacidad es recurrible, es decir se puede presentar un reclamo en contra de esta decisión. En situaciones como estas, resulta vital contar con pruebas sólidas del caso de la víctima, así como de la asesoría de un abogado especialista en incapacidades por accidentes de tráfico y laborales. Además, es importante que el trabajador cuente con un perito médico con la experiencia suficiente en valoración de casos como el suyo, cuya declaración respalde su reclamo.

Este procedimiento es complejo y puede enfrentarse a injustas decisiones, por lo que solo el respaldo de un equipo de abogados profesionales, puede darle a la víctima la tranquilidad de que será representado de manera óptima y eficiente, y que sus derechos serán defendidos cabalmente.

Por esta razón se recomienda a las personas con cualquier grado de incapacidad contactar a un equipo profesional como el nuestro. Para la tranquilidad del trabajador, ofrecemos una primera consulta legal sin costo, en la cual se le brindará asesoría acerca de sus derechos y se le indicará cómo defenderlos y lograr la compensación justa que le corresponde.

Indemnización por incapacidad permanente proveniente de accidentes laborales y de tráfico

Es importante considerar de manera especial la incapacidad permanente proveniente de accidentes laborales o de tráfico. En estos casos proceden dos reclamaciones diferentes, Por un lado, la reclamación correspondiente a la incapacidad permanente, y, por el otro, el reclamo de indemnización por los daños causados en el accidente, ya sea laboral o de tráfico.

Lo anterior quiere decir que, al monto correspondiente por incapacidad permanente, se le podría sumar la indemnización por accidente a la que la víctima tiene derecho por los daños sufridos en el siniestro.

Como sucede en estos casos complejos, el éxito de la reclamación depende en buena parte de la presentación del caso y sus argumentos, por lo que nuevamente sale a relucir la importancia de contar con la asesoría experta de abogados especializados.

Ejemplo de indemnización por accidente de tráfico

Quizás, la mejor manera de entender la situación que puede presentarse con casos de accidentes de tráfico que ocasionan incapacidad permanente es con un ejemplo. A continuación, se muestra la historia de Luis.

El joven trabajaba como repartidor de paquetes y envíos en motocicleta. Un día sufre un accidente de camino al trabajo, debido a la imprudencia del conductor de un coche. La colisión le hizo caerse al suelo, ocasionándole una brusca caída que le trajo daños severos en su hombro y rodilla derecha.

Como se presentaron secuelas que no le permitían regresar a su trabajo, el INSS le otorgó incapacidad permanente total. Además, luego de una exhaustiva evaluación por parte de un perito médico, se determinó que no podía tampoco asumir otras labores. En ese caso un abogado especialista recurrió la decisión del INSS, y obtuvo la incapacidad permanente absoluta que le correspondía, una diferencia de 150 mil euros.

Adicionalmente, a Luis le correspondía una indemnización en vista de que el accidente de tráfico tuvo lugar mientras estaba en vía a su trabajo. Ésta se calculó mediante los baremos correspondientes, lo que fue plasmado por un médico perito en un detallado informe.

El equipo de abogados logró en este caso una indemnización total de 350 mil euros.

Ejemplo de indemnización por accidente laboral

A fin de ilustrar la indemnización por accidente laboral en casos de incapacidad permanente, a continuación, se presenta un ejemplo.

Pedro labora como obrero en una fábrica. En pleno turno de trabajo, un pesado motor cayó al estar sentado sobre sus piernas, trayéndole como consecuencia graves lesiones. La empresa no cumplió con las medidas de seguridad para evitar este tipo de accidentes, por lo que debía hacerse responsable del hecho.

Pedro presentó la denuncia y, posteriormente, a consecuencia de los daños sufridos por las graves fracturas en ambas piernas, el trabajador tuvo que solicitar incapacidad permanente, pues ya no estaba en capacidad de realizar su función como obrero.

Después de una ardua batalla con su equipo de abogados de respaldo, la compañía aseguradora de la empresa responsable se vio obligada a dar una indemnización total a Pedro con 300.000 euros. El monto indicado corresponde además al daño moral que el trabajador sufrió, pues debido al accidente no podría volver a caminar.

Preguntas frecuentes

En los complejos casos de accidentes o enfermedades que originan incapacidad permanente en la víctima, son muchos los factores que están involucrados, así como las dudas que se pueden presentar. Debido a ello se responden a continuación algunas de las preguntas que surgen con más frecuencia en estos casos.

¿Qué es la indemnización del convenio colectivo?

Se trata de la indemnización fijada para todos los trabajadores como parte de un convenio colectivo. Éstas contemplan situaciones de todo tipo, que van por ejemplo desde la incapacidad permanente, hasta el deceso por accidente laboral. La indemnización del convenio colectivo, tomada por buena parte de empresas actualmente, consideran los aspectos relacionados a los distintos casos.

Estas indemnizaciones dependen en general de tres importantes aspectos: los convenios suscritos, el grado de incapacidad permanente y la provincia donde se aplica.

¿Qué indemnización corresponde a un trabajador por incapacidad permanente en un accidente laboral?

Entre las diversas indemnizaciones que puede reclamar un trabajador tras sufrir un accidente laboral, se encuentra la incapacidad permanente. Por otro lado, la víctima del accidente puede reclamar indemnización según lo contemplado en los convenios colectivos y recargos de prestaciones.

Además, también le corresponde reclamar por los daños sufridos en el accidente, tomando especialmente en consideración si éste tuvo su origen en las faltas de cumplimiento por parte del empleador de las normas de seguridad y prevención en el ambiente laboral.

¿Qué indemnización pueden recibir las víctimas de accidentes de tráfico con incapacidad permanente?

Para determinar la indemnización por accidente de tráfico que pueden recibir las víctimas, es necesario conocer el grado de la incapacidad. Cada uno de estos tipos recibe diferente monto por indemnización, a saber:

  • Incapacidad permanente parcial. Aproximadamente 40.000 euros.
  • Incapacidad permanente total. El lesionado recibirá un monto cercano a los 110.000 euros.
  • Incapacidad permanente absoluta. Le corresponde a la víctima un monto aproximado a los 600.000 euros.
  • Gran invalidez. Siendo la más grave, el lesionado tiene derecho a 1.100.000 euros aproximadamente.

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