delitos contra el honor

Los delitos contra el honor

El honor es un valor que está implícito en la personalidad de cada individuo. Esta cualidad moral le da un gran impulso para actuar de manera recta y honrada, dando cumplimento a su deber según su moral establecida. Los delitos contra el honor son aquellos que dañan la honorabilidad de una persona.

Delitos contra el honor

El Derecho Penal establece dos tipos de delitos contemplados dentro de la clasificación de delitos contra el honor, las injurias y las calumnias.

Estos pueden ser cometidos por cualquier ciudadano. Sin embargo, presentan algunas características en su  concepto principal.

Este tipo de delito es reconocido legalmente si el perjudicado presenta algún tipo de demanda judicial. Aunque, en casos como este que son realmente puntuales, el Código Penal puede actuar sin que exista una denuncia previa.

Las calumnias en los delitos contra el honor

Atribuir un delito a otra persona es considerada una calumnia si su procedencia es falsa. Esta acción puede ser castigada legalmente con prisión o multas.

El Código Penal establece penas de 6 meses a 2 años de prisión, o multas entre 12 a 24 meses en casos de gravedad. En los casos leves, las penas se minimizan entre 6 y 12 meses.

Las injurias en los delitos contra el honor

Estos delitos contra el honor están contemplados en la acción y la expresión que logra deteriorar la dignidad de otras personas con la finalidad de atentar contra su  reputación o manchar su popularidad.

El Código Penal indica que sólo se considera como delito, las acciones que son graves según el análisis público.

Se considera una injuria de gravedad, la que se realiza sabiendo su falsedad. Si se logra comprobar que la injuria o la calumnia provienen de hechos reales, el individuo quedará exento de toda culpa.

La propagación de los delitos contra el honor

Una injuria o calumnia debe propagarse para que cumpla su objetivo real. La publicidad es un factor importante que influye en la transmisión de uno de estos elementos.

La transmisión de la calumnia o injuria a través de los medios de comunicación en general, logra el objetivo primordial de desprestigiar a cualquier individuo.

El artículo 211 del Código Penal explica de manera amplia la función de la publicidad en los delitos contra el  honor.

Los medios de comunicación y la transmisión de mensajes

Los medios de comunicación cumplen un papel primordial en la propagación de los mensajes publicitarios. Su intervención al transmitir hechos que impliquen calumnias e injurias, los hace participes en este delito que atenta contra el honor de una persona.

Esta situación  está considerada en el Código Penal y se señala ampliamente que los medios de comunicación poseen una amplia responsabilidad.

Es culpable el que fabrica la injuria o la calumnia, así como el que la apoya a través de un medio de comunicación transmitiéndola de manera solidaria. Esto se debe al impacto que causa la transmisión de un mensaje por cualquier medio de comunicación.

El internet y la transmisión de mensajes comunicacionales

Los medios de comunicación masivos están considerados de alto impacto en la transmisión de mensajes comunicacionales.

Podrás encontrar la prensa escrita, la radiodifusión, televisión, cine, internet, multimedia y servicios de red social dentro de la clasificación de los medios en general.

Cada uno de estos medios posee sus características específicas para la transmisión de delitos contra el honor. Cualquier tipo de medio que esté involucrado en este hecho, puede considerarse como un medio de propagación, así su impacto sea alto o bajo.

El Código Penal condena cualquier tipo de propagación de los mensajes dirigidos a perjudicar el honor de determinado individuo.

El retracto de los acusados implica la disminución de la pena

El Código Penal le brinda la oportunidad de reconocer al acusado su delito ante las autoridades, retractándose de la ofensa cometida contra su honor.

Si este acto de rectificación ocurriera, el juez encargado del caso impondrá una pena inferior al grado según lo establecen las leyes.

El juez está capacitado para solicitar una disculpa a través de medios de comunicación, ocupando un espacio de información similar que donde hizo la denuncia.

Reparación del honor del perjudicado

En los delitos contra el honor, los jueces consideran la extinción del delito cuando el agresor ha recurrido al perdón público en contra de su agresor. Es importante aclarar que esto puede ocurrir si no existe algún tipo de prejuicio contra el ofendido.

Esto queda claramente establecido en el artículo 130 del Código Penal. El quinto párrafo da los detalles a este hecho que agravaría las decisiones de juez ante este caso que empaña el honor de un individuo.

Antes que se dicte una sentencia, el agresor debe acudir al perdón si su interés es retractarse. Es de hacer notar la gravedad de este hecho si la injuria o calumnia se comete contra menores de edad o contra discapacitados.

En este caso, el juez podría rechazar algún tipo de perdón y continuar con el caso obviando esta acción de retracción por parte del agresor.

La publicidad de la sentencia es obligatoria

La reparación de este tipo de delitos requiere de una serie de acciones que demuestren la verdadera reparación del daño moral ocasionado.

Por esa razón, se solicita por el juez ante los tribunales, la publicación de la sentencia condenatoria donde se expone la pena ante este delito.

El medio donde se debe publicar esta sentencia, debe ser el mismo donde se produjo la injuria y la calumnia.

También se exige que el espacio de divulgación posea las mismas características que el que se utilizó para atentar contra el honor del agraviado.

Esta es una manera de retribuir el daño moral ocasionado a un individuo. El impacto del medio que se utilizó para dañar su reputación debe utilizarse de igual manera para reparar la falta.

La justicia requiere una reparación publicitaria con la misma fuerza con la que se intentó deteriorar la imagen del agredido.