Un testigo de accidente presencial es toda persona que ve, de manera directa, la forma en que un accidente de tráfico sucede. El espectador de este tipo de hecho puede tratarse del conductor de otro coche, sus acompañantes o pasajeros, un transeúnte que camina por la calle, avenida o carretera, o una persona que, para el momento del suceso está dentro o parada en la puerta de un establecimiento comercial, por ejemplo.
Aunque la curiosidad es siempre una variable que influye, es la solidaridad humana el principio que, por lo general, motiva a que el testigo presencial sea de las primeras personas que acude al lugar del siniestro, sumándose a otros individuos para dar ayuda a la(s) posible(s) víctima(s). De esta manera, los testigos no son solo importantes por el rol que pueden jugar a la hora de esclarecer las circunstancias del hecho, sino en la ayuda que puedan prestar inicialmente en un accidente de tráfico.
¿Qué hacer si se es testigo de accidente presencial?
Para toda persona que conduce un coche es normal toparse con incidentes de tráfico en autopistas, carreteras o calles. Así mismo, al aproximarse al lugar del accidente, por lo general, los afectados ya están siendo objeto de atención y auxilio por funcionarios viales, e incluso por otros conductores. No obstante, también es posible que un conductor sea testigo presencial de un siniestro, en el preciso momento en que éste sucede.
Sobre lo anterior, el Código Penal, específicamente en su artículo 195; numeral 1, establece la obligatoriedad de asistir al herido que así lo requiera. Específicamente indica que: “el que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses”.
Por otra parte, el artículo 195, en su numeral 2, reza que: “En las mismas penas incurrirá el que, impedido de prestar socorro, no demande con urgencia auxilio ajeno. El numeral 3, por su parte, establece que “si la víctima lo fuere por accidente ocasionado fortuitamente por el que omitió el auxilio, la pena será de prisión de seis meses a 18 meses, y si el accidente se debiere a imprudencia, la de prisión de seis meses a cuatro años”.
Tras lo establecido en el marco jurídico vigente, en cuanto a la obligatoriedad de brindar socorro, resulta significativo y pertinente preguntarse, si como ciudadanos estamos conscientes y capacitados para actuar de forma correcta, en el caso de que seamos testigos presenciales de un incidente de tráfico.
Si bien el Código Penal obliga a prestar auxilio a las víctimas, so pena de no infringir en el delito de omisión del deber del socorro, dicha asistencia debe realizarse tras el cumplimiento de un conjunto de normas de seguridad. Esto permite garantizar la protección de quien auxilia, de los otros conductores, y por supuesto, de las víctimas directas del accidente. En este sentido, la Dirección General de Tráfico propone acciones incluidas en el Protocolo PAS, las cuales pueden ser memorizadas muy fácilmente.
¿Qué es el Protocolo PAS y cómo se aplica en accidentes de tráfico?
El acrónimo PAS está conformado a partir de las siglas de la frase: “Proteger, Avisar y Socorrer”, y da cuenta de un protocolo que demanda que sus pautas se cumplan en estricto orden, tal y como sigue:
En primer lugar, se debe Proteger. Es necesario, y tras la identificación visual del hecho, procurar mantener la calma. Si bien es cierto, que una tendencia natural ante este tipo de circunstancias, puede ser, brindar socorro rápidamente a las víctimas, resulta vital, asegurar la protección del propio testigo del siniestro, y así evitar otros males como, por ejemplo, su atropello.
Para lo anterior, en el caso de que se trate de un conductor, éste debe frenar despacio su vehículo y encender las luces intermitentes de posición, así como los faros, en aras de lograr una mejor vista del siniestro. Con esta acción se advierte a la par del hecho a otros conductores que transitan para el momento por la vía, especialmente en caso de que sea de noche o las condiciones de visibilidad sean insuficientes.
Posteriormente, el conductor debe estacionar en un sitio seguro y confiable, a una distancia que considere prudencial con respecto al accidente, y en donde no estorbe el paso de otros, y muy especialmente de los vehículos que están acudiendo al sitio a dar socorro. Luego, el testigo, antes de descender de su coche, debe colocarse su chaleco reflectante de alta visibilidad.
Tras dejar su vehículo, el testigo debe asegurarse de que su vida no corre peligro. Entonces, debe caminar por la calzada externa, siempre atento a las previsiones de seguridad y colocar los triángulos de emergencia. En el caso de que se encuentre en una vía de doble sentido, los triángulos serán colocados de la siguiente manera: uno delante y otro detrás del coche accidentado, al menos a una distancia de 50 metros de éste, y de manera tal, que ambos dispositivos sean visibles a 100 metros.
Si el accidente ocurrió en una autopista o autovía, sólo es necesario, la instalación de un triángulo, a 50 metros, atrás del siniestrado. Cabe destacar, que una forma práctica y sencilla de calcular la distancia requerida es a partir de la “técnica de los pasos”, en la que un paso dado es equivalente a un metro de distancia.
Avisar
En segundo lugar, se debe Avisar. El testigo tiene que aproximarse hasta el lugar del vehículo accidentado. Allí, ha de obtener toda la información que considere relevante como, por ejemplo, el número de siniestrados, si se trata de niños y/o adultos, si se encuentran atorados o presionados, presentan lesiones visibles. También hay que verificar si las personas están conscientes e incluso, si se evidencia la presencia de personas fallecidas.
También debe recoger información acerca del coche o los coches implicados en el hecho, así las condiciones meteorológicas del momento y la ubicación del sitio del accidente, lo más precisa que sea posible, incluyendo datos como: provincia, ciudad, autopista, carretera, calle, cruce, punto kilométrico y sentido de la ruta, entre otros, que considere relevante.
Acto seguido, y una vez cuente con toda la información necesaria, el testigo debe comunicarse, de manera gratuita, al número de emergencias. Los datos recogidos en el sitio le serán solicitados por el operador de turno del servicio de emergencias, razón por la cual, es imprescindible contar con todos éstos, y poder suministrarlos intentando no ser dominado por los nervios, tratando de hablar de manera clara, precisa y pausada.
En este sentido, es posible que el operador le solicite al testigo que cuelgue la llamada, en caso de que requiera que indague y aporte más información. De igual modo, es importante saber que, si por alguna razón la conexión telefónica se corta, el operador llamará para retomar el contacto.
Sobre lo anterior, algunos expertos recomiendan que, de manera indistinta a la distancia del viaje a realizar, todo conductor debiera asegurarse de que antes de iniciar su recorrido, su móvil cuenta con suficiente carga eléctrica, lo cual sin duda, facilitará el cumplimiento de esta pauta del PAS.
Socorrer
La tercera acción contemplada en el PAS es Socorrer. Luego del cumplimiento de la segunda pauta, el testigo presencial debe regresar al sitio del siniestro, y brindar ayuda a los lesionados, en base a sus capacidades. Sin embargo, en el caso de que no cuente con conocimientos en materia de primeros auxilios, será suficiente con que se circunscriba a darles acompañamiento a las víctimas, ofrecerles palabras de ánimo para su tranquilidad y a informarles que la ayuda llegará muy pronto.
En el contexto de un accidente de tráfico con lesionados, todo testigo puede actuar en articulación con otras personas presentes en el lugar, a fin de proporcionar ayuda, cuidado y amparo a las víctimas. Del mismo modo, al momento en que el personal de emergencia médica, así como las autoridades en materia vial, hagan presencia en el lugar del hecho, el testigo debe facilitar sus datos, los cuales con seguridad, pasarán a ser parte del atestado oficial del siniestro.
Por otra parte, el testigo presencial deberá permanecer en el lugar hasta que reciba la autorización para retirarse y proseguir su recorrido. Su permanencia, hasta que sea requerida, puede ser de gran utilidad para la Policía Nacional, la Guardia Civil de Tráfico o el Personal de Urgencias Médicas; instancias que quizás, puedan necesitar de mayor información.
¿Qué no hacer si se es testigo de un accidente?
Bajo ninguna circunstancia, el testigo presencial debe huir del lugar del siniestro. Una correcta actitud ciudadana parte del ejercicio de valores y principios, como la solidaridad y el civismo. Estos fundamentos son imprescindibles a efectos de ayudar a una persona que se encuentre en problemas. No se debe olvidar, además, que el marco legal del país obliga a dar socorro a todo accidentado que sea objeto de algún peligro.
Jamás se debe ofrecer y menos suministrar a un lesionado, alimentos, bebidas —ni siquiera agua— o cualquier medicamento. Tampoco se debe intentar movilizarle, pues con mucha probabilidad, podría empeorar su cuadro clínico. En este orden de ideas, ante un siniestro en el que un ciclista o un motorista haya resultado herido, no se le debe retirar su casco de protección. Así como para el caso de otros tipos de lesionados, a los conductores de bicicletas y motos, tampoco se les debe mover. Para éstos, existen protocolos de movilización especializados, con particulares consideraciones hacia las partes del cuerpo como cabeza, cuello y tronco.
En todo caso, ante cualquier accidente de tráfico con lesionados, es imprescindible esperar por la llegada del personal de salud, únicos capacitados para realizar un diagnóstico sobre la condición de la(s) víctima(s) y, en consecuencia, suministrarles los primeros auxilios.
Por otra parte, un testigo presencial no debe alterar o eliminar las huellas o pruebas que, como testimonio de lo sucedido, puedan coadyuvar para la identificación y comprobación de los causales o responsabilidades del incidente de tráfico. Asimismo, en estos contextos, está prohibido para cualquiera de los presentes, fumar. Como testigo, se debe velar por el cumplimiento de esta norma.
Así como un testigo no debe marcharse del lugar del accidente hasta que esto le sea permitido, tampoco debe quedarse en éste si no es necesario. Nunca se debe ser un estorbo, y especialmente cuando se está dando atención a las víctimas.
El testigo de un incidente de tráfico no elige serlo, su condición surge de improviso. Por esta razón, cada ciudadano es susceptible, en cualquier momento, de ser objeto de esta clase de circunstancia. Ante este tipo de hecho, se debe imponer un espíritu de solidaridad en la persona que brinda testimonio sobre un accidente de tráfico, a la par que socorre a los accidentados.
A este ejercicio de buena humanidad, se añade la necesidad de tener conocimiento sobre los pasos, decisiones y acciones que se deben realizar, así como aquello que por inapropiado e inconveniente, no es propio de ser hecho, ante un suceso difícil, complicado y lamentable, tal y como es un siniestro de tráfico con personas lesionadas.
No es poca cosa pues, las medidas puestas en marcha durante un proceso de socorro, influyen de manera contundente en la supervivencia de las personas involucradas en un accidente de tráfico. Asimismo, las consecuencias que los lesionados sufran a modo de secuelas, también estarán determinadas por el buen accionar o no de los testigos presenciales. En este orden de ideas, la declaración de los hechos por parte del testigo también constituye un elemento de importancia, que influirá de manera notable en el éxito de la reclamación de indemnización a la que tienen derecho los siniestrados.
De igual forma, la declaración del testigo presencial es determinante en el desempeño de la labor del abogado especializado en accidentes de tráfico, encargado de la defensa de los intereses de las víctimas de un accidente de tráfico.
Preguntas frecuentes
En el apartado anterior, se han descrito los principales fundamentos sobre lo que significa ser testigo presencial de un accidente de tráfico. Con el objeto de ser más específicos, se presentan algunas inquietudes y sus correspondientes respuestas que, por lo general, las personas se hacen al respecto.
¿Qué hacer si se está en un accidente de tráfico donde puede correr peligro la propia vida?
De acuerdo a las pautas definidas para el Protocolo PAS, lo primero que se debe hacer es protegerse; acción que incluye tanto al testigo presencial, como a los auxiliadores en el accidente de tráfico. En este sentido, resulta primordial, hacer una evaluación de la situación sobrevenida, antes de realizar cualquier acción, y en esta medida, evitar pasar a ser parte, como víctimas colaterales del siniestro en cuestión.
En el caso de que al menos uno de los coches involucrados en el accidente, comience a incendiarse, se debe hacer uso del extintor. A la par, otra de las personas de las allí presentes, puede dar ayuda, llamando al servicio de emergencias, a través del número telefónico 112. Al operador que le atienda, le informará todo lo concerniente al siniestro. A partir de este momento, se puede dar apoyo emocional a las víctimas, s fuese el caso, mientras se apersonan al lugar las diferentes instancias de asistencia pública, como los bomberos, los profesionales de la salud y las autoridades viales, entre otros.
¿La Ley penaliza a quienes no prestan ayuda a una persona expuesta a grave peligro?
No socorrer a una persona expuesta a grave peligro es un delito tipificado en el Código Penal, y su penalización contempla desde 3 meses de multa hasta 4 años de prisión, fallo que dependerá de las circunstancias propias del siniestro. Asimismo, toda persona que si bien, no pudo brindar socorro de manera directa, y tampoco notificó sobre el mismo, a fin de solicitar la correspondiente ayuda a una persona, también será objeto de sanción.
¿Al ser testigo presencial de un accidente me citarán para realizar alguna declaración?
La respuesta es sí. Considerando que los datos personales de un testigo estén registrados en el atestado correspondiente a un accidente de tráfico, y llegase a surgir alguna discordancia en cuanto a la forma como ocurrió el hecho, es muy posible que esta persona reciba la citación de un juzgado.
Cabe aclarar que, la asistencia y declaración a la cita del juez en condición de testigo, es obligatoria. Los argumentos expuestos por éste pueden tributar a favor de la resolución de la querella judicial acerca de la indemnización por accidente de tráfico.