Abogados gratuitos para casos de accidentes de tráfico

Abogados gratuitos para casos de accidentes de tráfico

Una vez que ocurre un accidente de tráfico, algunas víctimas pueden quedar en un estado de indefensión, pues no cuentan con los recursos para costear un abogado privado. Por ello, se ha convertido en un tema muy debatido el hecho de que los servicios de estos sean gratuitos en asuntos de dicha índole.

Sobre todo, por la necesidad que tiene todo lesionado de que se le resarza por los daños físicos que se le haya causado en un siniestro.

En este orden de ideas, Podemos, de la mano con sus socios y grupo de parlamentarios, están buscando que se implementen unas enmiendas. Todo con el fin de que existan abogados gratuitos para las víctimas de accidentes de tráfico. Con lo cual, el tema del artículo se centrará en varios aspectos resaltantes sobre las enmiendas que el mencionado partido político quiere que se apliquen.

Una vez que ocurre un accidente de tráfico, algunas víctimas pueden quedar en un estado de indefensión, pues no cuentan con los recursos para costear un abogado privado. Por ello, se ha convertido en un tema muy debatido el hecho de que los servicios de estos sean gratuitos en asuntos de dicha índole. Sobre todo, por la necesidad que tiene todo lesionado de que se le resarza por los daños físicos que se le haya causado en un siniestro.

En este orden de ideas, Podemos, de la mano con sus socios y grupo de parlamentarios, están buscando que se implementen unas enmiendas. Todo con el fin de que existan abogados gratuitos para las víctimas de accidentes de tráfico.

Con lo cual, el tema del artículo se centrará en varios aspectos resaltantes sobre las enmiendas que el mencionado partido político quiere que se apliquen.

¿Qué se debe hacer para que las víctimas de un accidente tengan abogados gratuitos?

Quiere que se modifique, mediante enmienda, dos artículos, los cuales, bajo su propio criterio, beneficiaría en gran medida a las víctimas de un siniestro. Ya que con esto podrán tener abogados gratuitos para llevar a cabo un correcto proceso de reclamación de indemnización.

El contenido del artículo 7, numeral 1, del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, fue el primero en ser propuesto para su modificación. El mismo, con el cambio planteado, tendría en su texto lo siguiente:

“El asegurador, dentro del ámbito del aseguramiento obligatorio y con cargo al seguro de suscripción obligatoria, habrá de satisfacer al perjudicado el importe de los daños sufridos en su persona y en sus bienes, así como los gastos y otros perjuicios a los que tenga derecho según establece la normativa aplicable. 

Dentro de estos gastos y otros perjuicios se entenderán incluidos los informes médicos, asistenciales o periciales necesarios para determinar el perjuicio sufrido por la o las víctimas del accidente y, en caso de interposición de demanda judicial, los honorarios y derechos de defensa jurídica y representación procesal que sean preceptivos. Únicamente quedará exonerado de esta obligación si prueba que el hecho no da lugar a la exigencia de responsabilidad civil conforme al artículo 1 de la presente Ley”.

La segunda pretendida modificación versa sobre el texto del artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro:

“Art. 76 b): Quedan expresamente incluidos dentro de la cobertura del seguro de defensa jurídica los honorarios y gastos de peritos que intervengan en la valoración de los daños y perjuicios cubiertos por la póliza. Dichos peritos no estarán sujetos, en ningún caso, a las instrucciones del asegurador.

Art. 76 d): El asegurado tendrá derecho a elegir libremente el Procurador y Abogado que hayan de representarle y defenderle en cualquier clase de procedimiento. El asegurado tendrá, asimismo, derecho a la libre elección de Abogado y Procurador en los casos en que se presente conflicto de intereses entre las partes del contrato.

El Abogado y Procurador designados por el asegurado no estarán sujetos, en ningún caso, a las instrucciones del asegurador. El asegurador se hará cargo de los importes comprendidos en la minuta de honorarios del Abogado que ejerza la defensa jurídica y en la cuenta de derechos de Procurador que ejerza la representación procesal sin que puedan fijarse límites en la póliza. Minuta y cuenta se confeccionarán de acuerdo con los baremos orientativos colegiales y, en su caso, aranceles, correspondientes”.

¿Qué espera lograr Podemos con las enmiendas de los artículos de la LRCSCVM y de la Ley de Contrato de Seguro?

Podemos espera lograr que, con la modificación del artículo 7, numeral 1 de la LRCSCVM, se produzca lo siguiente:

  • Que la compañía de seguros del culpable del siniestro pague los informes médicos periciales que hicieren falta para demostrar el daño sufrido por la víctima.
  • Que la aseguradora del responsable del accidente de tráfico pague los honorarios profesionales del procurador judicial y los del abogado.

Por su parte, lo que Podemos desea con la modificación del artículo 76, literal b y d de la Ley de Contrato de Seguro, es lo que de seguida se mencionará:

  • Eliminar los límites en las pólizas de seguros en lo que respecta a los honorarios profesionales tanto de los procuradores judiciales, como los del abogado especializado en siniestros.
  • Que los importes que se encuentran en la minuta del abogado que preste sus servicios sean cubierto por la aseguradora del que causó el accidente.

¿El partido Podemos está en contra de que las reclamaciones de indemnizaciones se realicen por la vía penal?

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Sí, en varias oportunidades así lo ha manifestado. No obstante, también es un hecho cierto y público que el Congreso aprobó que las reclamaciones de indemnizaciones por siniestros se hicieren a través de los juzgados penales. Por lo que solo falta la aprobación del Senado.

En este sentido, Podemos se inclina más al área civil, pues lo que busca con sus enmiendas es el equilibrio. Tanto para la víctima del accidente de tráfico, como para la compañía de seguros del causante del mismo.

Para que lo dicho anteriormente se concrete, Podemos considera necesario que las víctimas cuenten con abogados gratuitos especializados en el área de accidentes. Así como procuradores del tribunal y médicos especialista en la valoración de daños físicos bajo la misma modalidad.

¿Qué se entiende por seguro de defensa jurídica?

Es un seguro que tiene por objeto otorgar protección a los asegurados en los asuntos judiciales en los que estuviesen involucrados. A través del mismo, la aseguradora se compromete a cubrir los gastos que se causaren en los juzgados, incluyendo los honorarios profesionales del abogado. Sin embargo, la cobertura posee límites.

¿Cuáles son los límites que las aseguradoras colocan en la cobertura de defensa jurídica?

La mayoría de las compañías de seguros colocan límites en la cobertura de defensa jurídica, los cuales son:

  • El monto que cubrirá la aseguradora en cuanto a los gastos por la reclamación de una indemnización vía judicial, está entre 300 y 3.000 euros. De manera que, si los honorarios del abogado son superiores, el restante deberá pagarlo el asegurado. Si por el contrario oscilan en el orden antes mencionado, podría salirle completamente gratis.
  • Por lo general, las aseguradoras no reembolsan lo que el asegurado pagó al abogado que le asistió. Lo que devolverán finalmente será el monto que arroje el cálculo hecho mediante el uso de los libros de honorarios pertenecientes al colegio de profesionales de la provincia donde haya transcurrido el asunto.
  • Solo serán beneficiarios el asegurado y el conductor del vehículo a motor que esté involucrado en el siniestro. Siendo excluidos, por regla general, los ocupantes o pasajeros del rodado.
  • Todos los gastos que se causen con ocasión a la reclamación de indemnización a través de la vía judicial, serán cubiertos. No obstante, esto incluye, de forma exclusiva, al abogado que asista al asegurado y al procurador del tribunal.

¿Los contratos de seguros para vehículos a motor cuentan con una cobertura de defensa jurídica?

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La gran mayoría, sí. Es muy común que dichos contratos tengan una cobertura de defensa jurídica para cubrir, hasta ciertos límites, los gastos por asuntos judiciales. Tales como el de reclamación de indemnización por un accidente de tráfico sufrido por el asegurado.

Si bien la aseguradora pone a disposición de su asegurado un abogado perteneciente a la empresa, éste puede escoger uno privado. Sin embargo, tiene derecho a exigir que le sean devueltos los honorarios pagados al profesional contratado, en atención a la cobertura de defensa jurídica prevista en el contrato de seguro.

¿Se entiende por completo lo que Podemos quiere hacer con sus enmiendas?

No, existen interrogantes que dejan abiertas las enmiendas propuestas por Podemos, y que serán mencionadas en orden:

  • No se toca el tema de los asuntos extrajudiciales, de modo que queda abierto a interpretación si serán cubiertos o no los gastos que estos causen. La ausencia de una mención clara podría deberse al hecho de que, en los casos de esa índole, no es requerido obligatoriamente un abogado, por lo que, al no estar, no habría honorarios que pagar. Dicha afirmación es común entre las aseguradoras.
  • No se explica si la eliminación de los límites de las pólizas de seguro, en cuanto a la cobertura jurídica, aplican también para los pasajeros u ocupantes de un vehículo a motor.
  • Se crea una gran confusión en cuanto a los gastos por la interposición de una demanda de reclamación de indemnización. Debido a que se indica que la aseguradora del causante del siniestro será la que los cubrirá. Lo que podría provocar una irremediable ampliación del convenio UNESPA.
  • Se plantea que los peritos médicos estén cubiertos por la póliza de seguro, por lo que deberían ser reembolsados los gastos que deriven de la contratación de éstos. No obstante, lo dicho aplicaría solo para los que realicen una cuantificación. Lo que no queda claro en la enmienda, es qué ocurrirá con los seguros a terceros, pues no lo explican.
  • Se hace mención de que la aseguradora de la parte contraria cubrirá los gastos judiciales cuando el caso llegue a los tribunales. Sin embargo, no se indica lo que ocurriría si una demanda fuere desestimada, dejándolo a la interpretación de cada quién.

Dudas frecuentes

El tema del artículo precedente resulta de enorme interés ya que permite conocer a profundidad aspectos resaltantes sobre las enmiendas que planteó Podemos. Por ello, de seguida se dejará un pequeño compilado de dudas frecuentes relacionadas con lo enunciado.

¿Qué puede ocurrir si la víctima de un siniestro reclama una indemnización con la ayuda del abogado de su propia aseguradora?

Esto podría suponer un conflicto importante, pues el abogado de la empresa aseguradora siempre velará por los intereses de su jefe, y no por los del asegurado. Con lo cual, podría ocurrir que actúe conforme a los mandatos de la compañía, sin importarle las necesidades de la víctima. Teniendo que esta última contratar un profesional del derecho privado.

¿La cobertura de defensa jurídica cubre los gastos causados por un perito médico?

No, solo cubrirá aquellos gastos causados por el abogado contratado y el procurador judicial, por lo que el propio asegurado deberá costearlos.

¿Mi compañía de seguros me devolverá lo que cancelé a mi abogado privado especializado en accidentes de tráfico?

Es correcto, pero primero debe haber contratado un seguro de defensa jurídica. Aunado a esto, la aseguradora solo devolverá la cantidad pagada al abogado privado por conceptos de honorarios profesionales hasta el límite indicado en la póliza. El cual oscila entre los 300 y 3.000 euros. Si el monto cancelado supera esa cantidad, el resto deberá pagarlo el asegurado.

¿En las enmiendas de Podemos se explica cómo se haría el cálculo de los honorarios profesionales?

No, no se explica cómo se haría el cálculo de los honorarios de los peritos médicos, procuradores judiciales y abogados especialistas en accidentes de tráfico. Ante dicho vacío, es válido considerar que se aplicaría el método existente.

¿Es posible que todas las víctimas de un accidente tengan abogados gratuitos?

Es poco probable en la actualidad, pues cambiar el contenido de los artículos de las leyes para que cada una de las víctimas de un siniestro tenga un abogado gratuito, debe hacerse inteligentemente. De otro modo, quedarían muchas lagunas legales, y abriría la puerta a interpretaciones que pudieran resultar fútiles.

Por otra parte, está el hecho de que habría que cambiar el modo en el que las aseguradoras operan actualmente para reembolsar a sus asegurados, lo que resulta a todas luces complicado. Esto, debido a que siempre solicitan algún medio probatorio de que efectivamente cancelaron los gastos judiciales, como los honorarios del abogado contratado.

Dejando de lado el tema de la aseguradora, es bien sabido que existen abogados que cobran honorarios increíblemente altos. Ante esto, surge la necesidad de implementar un sistema para que el cálculo de dichos montos sea equilibrado y justo para las partes involucradas.

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